Condiciones Generales de Contratación (CGC) para entregas y prestaciones de GEZE IBERIA SRLU y las demás sociedades del grupo GEZE (en adelante GEZE)
Die nachstehenden Bedingungen gelten ausschließlich für Rechtsgeschäfte, an denen ein Verbraucher nicht beteiligt ist:
1.- Aplicabilidad de las presentes condiciones a todas las ventas de GEZE
1.1 Todas las ventas que efectúe GEZE están sujetas única y exclusivamente a las siguientes condiciones generales. Por el mero hecho de aceptar el pedido el cliente acepta que las relaciones comerciales se rijan por las presentes condiciones. Las eventuales condiciones de compra que pudiere tener el cliente serán aplicables únicamente en el supuesto que exista consentimiento expreso y escrito por parte de un apoderado de GEZE.
1.2 Las presentes condiciones generales rigen por todos los pedidos efectuados y ventas formalizadas a partir del 01 de mayo de 2020 y anulan las anteriores condiciones generales. Las remisiones a los INCOTERMS se refieren siempre a la versión de 2020.
1.3 GEZE acepta la prestación de servicios y la venta de productos exclusivamente sobre la base de las presentes CGC. Su aplicación es un elemento esencial de la relación contractual. Estas CGC son válidas y eficaces tanto para el negocio presente como para transacciones futuras hasta nuevo aviso.
1.4 Ofertas: Nuestras ofertas son siempre sin compromiso. Un contrato sólo queda perfeccionado si consta la declaración de voluntad de GEZE con la confirmación del pedido o encargo por escrito o, en su defecto, desde la entrega de la mercancía o servicio encargado. El mero hecho de la aceptación del pedido no implica la aceptación de las condiciones de compra que pudiere tener el cliente aun cuando las condiciones de compra del cliente establezcan otras disposiciones o condicionen la compra a la aceptación de las suyas propias, salvo, lógicamente, que se hayan aceptado por GEZE de forma expresa y escrita en el modo establecido en los apartados anteriores. En el supuesto que la ejecución de los servicios o trabajos contratados estén condicionados a un permiso o licencia de otra empresa ajena a GEZE, contratista principal o autoridad administrativa o judicial, la aceptación de la oferta o pedido se efectúa bajo la condición suspensiva que se obtenga tal autorización.
2. Precios y condiciones de pago
2.1 Nuestros precios se entienden como precios de fábrica incluyendo la carga en las instalaciones designadas por GEZE y excluyendo el transporte y los costes del seguro. Los precios de nuestras ofertas se entienden sin IVA u otro impuesto o tasa.
2.2 El pago es al contado salvo estipulación expresa contraria. En caso contrario, el pago se efectuará en 15 días naturales a contar desde la fecha de expedición de la correspondiente factura. No obstante, GEZE en el momento de aceptar el pedido podrá acordar, de acuerdo con el cliente, y siempre por escrito, otros plazos o condiciones de pago. A falta de pacto, se deberán abonar las facturas en el referido plazo de 15 días desde la emisión de la factura. Si el día del vencimiento fuere festivo se entenderá el día hábil siguiente.
No se podrán descontar de las facturas cargos, cualquiera que fuere el concepto, o compensar total o parcialmente el importe con abonos, salvo que en ambos casos el descuento o compensación hubieren sido previamente consentidos por GEZE por escrito. En modo alguno se aceptarán retenciones totales o parciales del importe de las facturas, fuere cual fuere el concepto. Únicamente se admitirán cuando figure como condición de la oferta o del contrato, y/o dicha retención hubiere sido aceptada de forma explícita y por escrito.
2.3 Los precios de nuestras ofertas están condicionados a los precios y mano de obra de nuestros proveedores nacionales y extranjeros. Los precios de nuestros contratos, ofertas, aceptaciones de pedidos y pedidos con entrega programados en el futuro se mantienen invariables siempre la entrega o la ejecución del encargo tenga lugar en el plazo de tres meses a contar desde la fecha del contrato o la confirmación del pedido. En aquellos contratos o pedidos cuyo plazo de entrega o ejecución tenga lugar pasados los tres meses, GEZE no está obligada a la prestación o entrega por los precios que figuran en el contrato, oferta o pedido cuando se produzcan aumentos sustanciales de precios de nuestros proveedores, aunque la fecha del encargo fuera anterior. A modo de ejemplo pueden ser casos de revisión los incrementos del precio de la materia prima, mano de obra, transporte, impuestos, causas de fuerza mayor u otros. Se entiende una variación sustancial aquellas que superen el 5% respecto a os precios existentes en el momento del contrato, oferta o pedido. En tal caso, el cliente acepta que GEZE pueda solicitar una revisión de los precios en el alcance suficiente para compensar tales incrementos. Para ello, GEZE comunicará al cliente tal circunstancia debidamente motivada acompañando una propuesta de revisión del precio. El cliente debe contestar en el plazo de los 15 días naturales siguientes. El cliente podrá aceptar la propuesta o formular una contraoferta que sea aceptada por GEZE. Si no se aceptara la propuesta de revisión, GEZE podrá desistir libremente del pedido o contrato. Igualmente, si el cliente no aceptara la propuesta de revisión, tiene derecho a desistir del pedido sin cargo alguno siempre que no hubiera comenzado la producción o ejecución de la obra. Si el cliente hubiera abonado anticipos, se procederá a su devolución.
2.4 En el supuesto de admitirse como medio de pago, las letras de cambio, pagarés y cheques sólo liberaran al cliente de la deuda como medio de pago a partir del momento de su efectivo cobro o de su abono en cuenta. Las letras de cambio y pagarés serán aceptadas únicamente previo acuerdo por escrito y bajo la condición de su capacidad de ser endosadas o descontadas en una entidad financiera. No se admiten títulos no a la orden o no endosables.
2.5 El descuento y todos los demás gastos relativos a los anteriores títulos, incluidos comisiones de cualquier clase, correrán a cargo del ordenante a partir de la fecha de vencimiento de la correspondiente factura. Dicha regla es también aplicable en lo referente a las comisiones bancarias de devolución y gastos repercutidos. Queda excluido cualquier descuento sobre el precio si se ha aceptado el pago mediante letra de cambio. Igualmente, GEZE está facultada para condicionar la aceptación de pagos mediante letra de cambio o pagaré con vencimiento superior a 85 días al aval de persona o entidad de reconocida solvencia.
2.6 En el supuesto que después de la aceptación del pedido o encargo GEZE tuviera conocimiento de un empeoramiento considerable en las relaciones económicas y solvencia del cliente que pudieran poner en duda el cobro, GEZE podrá condicionar la entrega al pago adelantado o a la prestación de garantías adicionales con independencia de las condiciones contractuales o forma de pago establecidas en el pedido. En caso de que ocurriera, a petición del cliente, GEZE deberá motivar las razones por las cuales entiende que existen dudas sobre la solvencia del cliente quien podrá en todo caso acreditar su adecuada solvencia. Sin no se justifica adecuadamente, GEZE podrá denegar la prestación hasta que se efectúe el pago adelantado. Si el pago adelantado no se produce en el plazo de 40 días siguientes GEZE estará facultada para resolver el contrato, anular la prestación definitivamente y exigir, en todo caso, los perjuicios que correspondan.
2.7 Igualmente GEZE podrá condicionar la prestación o entrega en el modo previsto en el apartado anterior y sin necesidad de justificar el empeoramiento de la solvencia y situación patrimonial del cliente cuando: a) el cliente haya incurrido en mora en el pago tras la aceptación del encargo fuere la mora frente a GEZE o frente a cualquier tercero; b) cuando el cliente figure en listas de morosos y en particular los registros de RAI y ASNEF, salvo que hubieran sido rehabilitados; c) cuando en el contrato se haya previsto el pago por hitos o fases de trabajo y el cliente no hubiera pagado la fase anterior según lo convenido. En tal caso GEZE podrá negar al cliente, fuere ocasional o recurrente, la entrega o servicio hasta que se hayan abonado las facturas anteriores a su vencimiento.
2.8 En caso de mora en el pago, el cliente deberá abonar un interés equivalente al 0‘5% mensual de la deuda durante los 60 primeros días desde que el pago debiera haberse efectuado y del 1% mensual a partir del día 61 sin necesidad de requerimiento previo.
3. Tiempo de entrega, retraso en la entrega
3.1 Los plazos de entrega son orientativos. Sólo serán vinculantes en caso de existir un acuerdo escrito que así lo establezca expresamente.
3.2 Habitualmente el lugar y modo de entrega se concreta individualmente en la aceptación de pedido o en la oferta. Sólo en ausencia de pacto se establece que la entrega se efectuará en las instalaciones de GEZE (FCA Geze Sant Boi de Llobregat /Leonberg, según los casos). En caso de que no se recoja, la entrega se entiende realizada desde el momento de la puesta a disposición del cliente del producto o servicio independientemente que el cliente haya procedido o no la recepción. En defecto de puesta a disposición la entrega será el momento del envío o carga en la plataforma del transporte. En caso de retraso en la entrega, el cliente deberá comunicar el retraso y emplazar a GEZE para que lleve a cabo la entrega en el plazo de 3 semanas. El cliente concede de antemano una prórroga por este periodo. Si GEZE tampoco efectuara la entrega tras este plazo, el cliente estará facultado para desistir del contrato. En todo caso, la responsabilidad de GEZE estará limitada al daño previsible en la fecha de aceptación del encargo. La reclamación por retraso caduca a los tres meses. Este plazo es condición esencial de las presentes condiciones. No habrá retraso imputable a GEZE, a) si la misma de debe a factores externos a GEZE como huelgas de cualquier tipo, accidentes, bloqueo de vías de comunicación, cortes generales de suministros, epidemias; b) situaciones excepcionales o de fuerza mayor, declaración de zona catastrófica, estado de alarma, excepción o sitio; c) fenómenos atmosféricos graves que afecten de manera generalizada a un territorio o ámbito de la economía; d) si el retraso es motivado por el mismo cliente tal como, a título enunciativo, falta o insuficiencia de proyecto, falta de datos o medidas, no proporcionar medios de transporte, falta de pago o prestación de garantías de cobro en los casos en que proceda; e) imposibilidad de acceso a las instalaciones, prohibición del contratista principal o propietario del inmueble, paralización por la autoridad administrativa o judicial, falta de licencias o permiso o errores graves en la información o planos proporcionados.
3.3 El cliente está obligado a recepcionar la mercancía contratada a GEZE en los plazos previstos en el pedido. Los supuestos de retraso en los plazos de entrega y de montaje o instalación como consecuencia del retraso en las obras, paralización, falta de adaptación del espacio o cualquier otra causa no imputable a GEZE por un periodo superior a 15 días respecto a la fecha prevista en el pedido darán derecho a GEZE a facturar el 80% del pedido al cliente independientemente de si el cliente ha aceptado o no la entrega o instalación del material contratado o hubiere solicitado un alargamiento del plazo de entrega o montaje. La factura se emitirá con fecha a partir del día 15 de la fecha prevista para completar la entrega prevista en el pedido. El resto del 20% del pedido se facturará al completarse la entrega y montaje siendo condición para ello el pago previo de la factura inicial si la misma fuere vencida.
3.4 En caso de producirse los anteriores retrasos, la compañía no quedará vinculada por los plazos de entrega inicialmente pactados si bien intentará efectuar la entrega y montaje tan pronto pueda entrar en la primera programación de trabajos pendientes una vez concertada la fecha para la entrega y montaje definitivos. Si por motivos no imputables a GEZE el retraso en la entrega y recepción fuere superior a 90 días, el cliente autoriza a GEZE a poder aplicar un recargo adicional del 1% sobre el precio contratado en concepto de almacenaje, seguro y administración por cada mes que transcurra hasta completar la entrega y montaje.
4. Reserva de dominio
4.1 GEZE se reserva el dominio de la mercancía hasta que se satisfaga completamente su precio. La mercancía entregada continuará, por tanto, siendo propiedad de GEZE hasta que no se efectúe el pago completo. Adicionalmente GEZE tiene un derecho de retención de la mercancía hasta el cobro. El derecho de retención se extiende también a la entrega de planos, manuales, instrucciones, documentación de transportes o aduanera, cartas de porte, software y/o claves o contraseñas de acceso.
4.2 En caso de que la cosa entregada por GEZE se una o se mezcle sólidamente con cosas de otros vendedores o contratistas o con productos, edificios o instalaciones que estén en propiedad del ordenante, GEZE devendrá copropietaria de las mismas correspondiéndole el valor contable junto con los eventuales intereses de demora y demás daños y perjuicios.
4.3 Siempre que el cliente no haya incurrido en mora con relación al pago, podrá en el marco normal de su actividad, transformar y enajenar la mercancía bajo reserva de dominio. GEZE podrá comunicar por escrito al cliente la prohibición de venta, transformación o instalación en una obra o producto en caso de mora. El cliente podrá levantar la prohibición mediante el pago o prestación de garantías adicionales plenas de cobro en los 30 días siguientes a la comunicación.
4.4 No está permitido el otorgamiento de prendas o la cesión de una propiedad como de garantía si no es aceptado de modo expreso por GEZE En el caso de otorgarse se entiende salvo buen fin de las mismas.
4.5 El cliente deberá informar inmediatamente a GEZE en caso de embargo, intervención judicial, solicitud de concurso o declaración del mismo. Igualmente se compromete a informar a los órganos judiciales y/o arbitrales, a los administradores concursales, interventores, depositarios y ejecutantes de la existencia de la reserva dominio. Las acciones contra terceros resultantes de la reventa de la mercancía bajo reserva de dominio (en caso de reventa tras la transformación o la accesión, sólo proporcionalmente) se ceden a GEZE. Igualmente, en caso de que GEZE interponga tercería de dominio, de mejor derecho o acción judicial para reivindicar la propiedad, el cliente se compromete a testificar y declarar ante el Juzgado a los efectos de demostrar la subsistencia de dicha reserva de dominio.
4.6 El embargo de la mercancía bajo reserva de dominio o su devolución a GEZE no equivale al desistimiento del contrato. El cliente asumirá todos los costes que la devolución implique.
5. Recepción/puesta en marcha
5.1 La recepción debe producirse con anterioridad a que el ordenante o el tercero comiencen a dar uso a la cosa o servicio encargado, en particular cuando GEZE instale o monte las cosas entregadas en las instalaciones del ordenante o de terceros. En caso de puesta en servicio de la instalación u objeto sin el expreso consentimiento de GEZE o sin la recepción previa de la misma, la prestación se entenderá automáticamente recepcionada por el cliente aun cuando no exista acto o documento formal de recepción (recepción tácita). La tácita es condición esencial de la relación contractual. La recepción debe tener lugar inmediatamente después del montaje o de la instalación de las piezas o instalaciones entregadas por GEZE y, en todo caso, como máximo a los 14 días siguientes, siempre que antes no se produzca la entrada en servicio. La recepción en modo alguno va vinculada a otras recepciones de la obra o a la puesta en servicio de otras obras o equipos que el cliente pueda tener contratada con terceros, todo ello sin perjuicio que esté expresamente incluida en la oferta o que el cliente pueda contratar adicionalmente para la asistencia a la puesta en marcha.
5.2 GEZE puede, en todo momento, y observando el plazo de 14 días, exigir del ordenante la aceptación de la prestación realizada convocando día y hora para la suscripción de la correspondiente acta de recepción. Esto también será de aplicación para el caso en el que el cliente, los subcontratistas del mismo o un tercero no hayan finalizado frente al promotor o contratista su encargo en el marco del proyecto global de construcción en el que GEZE realice la entrega o prestación. Por consiguiente, el cliente no puede condicionar la suscripción del acta de recepción ni la entrega del bien o servicio contratado a la aceptación por parte de su contratista, promotor o propietario de la obra o instalación en su conjunto.
5.3 En caso de que el cliente deniegue su presencia en la fecha de recepción establecida o de que el cliente deniegue injustificadamente la firma del acta de recepción, la recepción se entenderá como correctamente efectuada.
6. Responsabilidad por vicios de la cosa (saneamiento)
6.1 En caso de que la mercancía entregada por GEZE sea defectuosa, GEZE podrá elegir entre reparar la cosa o entregar otra en sustitución de la defectuosa. Si fallaran la reparación o la entrega en sustitución, el cliente podrá, siempre que se trate de un vicio grave, desistir del contrato o solicitar una reducción proporcional del precio.
6.2 Las reclamaciones por vicios con relación a la naturaleza, la calidad y la cantidad deben, en caso de que se trate de vicios evidentes, ser ejercitadas por escrito ante GEZE de forma inmediata y dentro de los 10 días naturales. El inicio del plazo se deduce del siguiente Apdo. 5 aplicado por analogía. El cliente está obligado a realizar las pruebas necesarias en este plazo.
6.3 En lo que se refiere a las instalaciones, GEZE sólo asume la garantía en los términos anteriormente señalados en los supuestos en que además de haber efectuado la entrega haya realizado el montaje e instalación con sus propios medios. En los demás casos la responsabilidad de la instalación (no del producto) correrá a cargo del instalador. Igualmente, en caso de que GEZE sólo haya entregado el producto, y la instalación la haya efectuado un tercero, GEZE sólo asume la sustitución del material en fábrica, pero no los gastos de transporte y reparación en el lugar donde se haya realizado la instalación. En tal caso, GEZE realizará el trabajo encargado, previo presupuesto aprobado por el cliente.
6.4 El cliente asume que los productos GEZE tienen una complejidad técnica que requiere un seguimiento de las instrucciones facilitadas por GEZE y el conocimiento de su aptitud para ser instalados en determinadas obras, maquinaria e instalaciones. A tal efecto el cliente solamente podrá autorizar su colocación o manipulación por parte de personal con capacidad técnica suficiente y que conozca las instrucciones de montaje y configuración del producto. Por consiguiente, GEZE no asume ninguna responsabilidad por vicios del bien o servicio derivados de la no observancia de sus instrucciones de montaje o configuración o de las pautas de otros distribuidores, cuyos productos se encuentren unidos o instalados junto a los de GEZE. Esto también se aplicará en caso de modificaciones de las opciones de configuración por parte del ordenante o de terceros. Esta condición es un elemento esencial de toda entrega. La aceptación de la oferta o pedido implica al mismo tiempo que el cliente acepta el cumplimiento de las condiciones de mantenimiento definidas por GEZE y las que pudieran estar determinadas por la normativa vigente o futura.
6.5 GEZE tampoco asume ninguna responsabilidad en caso de que el cliente monte o incorpore el bien o producto entregado a otro aparato o equipo. La circunstancia que determinadas prestaciones de los productos GEZE funcionen correctamente no significa que puedan funcionar en otras aplicaciones que decida el cliente. Por otra parte, el cliente debe realizar los testeos o muestras necesarias puesto que las especificaciones técnicas de GEZE pueden variar o verse alteradas en caso de aplicarse a determinadas máquinas o instalaciones. Por ello el cliente es responsable del diseño y aplicación a la que ira instalado el producto GEZE
6.6 Sólo en caso de que se produzca una reclamación por vicios presentada en tiempo y por escrito, el cliente puede ejercitar los derechos expuestos en los apartados precedentes. El cliente en ningún caso gozará de derechos ni de indemnizaciones por daños y perjuicios cuando medie culpa o negligencia del mismo. La responsabilidad estará en todo caso limitada al daño que hubiera sido previsible en el momento de cierre del contrato.
6.7 El plazo de garantía por vicios para los productos entregados o las prestaciones realizadas por GEZE, también siempre que éstas puedan ser calificadas como trabajos de construcción, es de 12 meses. Este plazo computa: a) en el caso de la entrega de cosas, con la fecha de entrega en la sede de GEZE o puesta a disposición según el punto 3; y b) en caso de obra o de construcción, con la fecha de recepción formal o tácita. En ningún caso será admisible el cómputo a partir de la fecha de recepción de la obra o instalación general al cliente final, promotor o constructor, a la que va incorporado el producto o servicio contratado a GEZE. La responsabilidad queda condicionada en todo caso al adecuado mantenimiento del producto y al seguimiento de las especificaciones técnicas y de mantenimiento de GEZE.
6.8 El cliente asume que por la complejidad técnica y la seguridad frente a terceros es esencial un mantenimiento periódico para el correcto mantenimiento de los productos instalados. Por consiguiente, en instalaciones con sistemas automáticos y/o productos de tecnología en los que, fuere por las instrucciones del fabricante, y/o por en aplicación de la normativa vigente, sea obligatorio un mantenimiento preventivo, el cliente perderá cualquier derecho a reclamar las garantías sobre los productos instalados cuando tal mantenimiento no se hubiera llevado a cabo más allá de los seis meses siguientes a la instalación o última revisión, o en el caso que se hubieran realizados por empresas ajenas a GEZE o no autorizadas por ella.
6.9 Para los supuestos de puertas rutas de evacuación y emergencia el plazo de garantía de 24 meses para la reclamación de la responsabilidad por vicios está condicionado a que las puertas sean sometidas a un mantenimiento al menos 4 veces al año según CTE UNE 85121 Ex, ya sea por GEZE o por un profesional autorizado de GEZE.
7. Asesoramiento técnico para el uso
7.1 Nuestro asesoramiento técnico de forma oral y escrita para el uso sólo supone una orientación al cliente de la mejor aplicación posible de nuestros productos. Este asesoramiento no exime al ordenante de la obligación de estudiar y analizar por sí mismo la idoneidad de nuestros productos para la finalidad que el cliente pretende. GEZE no tiene por qué conocer la aplicación concreta y la idoneidad a la que van destinados sus productos y servicios.
7.2 El ordenante está obligado a cuidar que las recomendaciones orales y escritas se hagan llegar a las personas que van a ser finalmente responsables del uso de los productos.
7.3 GEZE realiza constantemente variaciones y mejoras en sus productos. El cliente acepta que los productos pueden ser técnicamente mejorados y no puede exigir la entrega del modelo original anterior a la modificación.
7.4 Algunos manuales e instrucciones de funcionamiento están en idioma inglés y/o alemán. El cliente debe disponer de técnicos y profesionales con capacidad de entendimiento de los manuales e instrucciones en alguno de estos idiomas. En ningún caso el cliente está facultado para exigir la traducción a otros idiomas salvo que asuma el coste de la traducción. En todo caso GEZE facilitara al cliente en idioma castellano las instrucciones básicas de montaje y de mantenimiento.
7.5 El cliente debe designar una persona que actúe como enlace con el personal de GEZE. Por regla general esta persona se designará en el contrato o pedido aceptado. Esta persona debe tener amplios conocimientos técnicos para la coordinación con los montadores.
7.6 Del mismo modo el cliente debe facilitar a GEZE toda la documentación e información técnica necesaria con relación al proyecto que se va a ejecutar. Esta información y documentación es esencial para que se pueda cumplir las obligaciones objeto del encargo.
8. Ninguna facultad de representación por parte de nuestros montadores
8.1 Aunque es evidente, los montadores y las demás personas encargadas por GEZE para el montaje no están facultados para recibir reclamaciones por vicios o para hacer declaraciones vinculantes con consecuencias a favor y en contra de GEZE en respuesta a objeciones.
8.2 Tampoco están facultadas para aceptar pedidos formulados oralmente o para acometer modificaciones o adiciones al contrato.
9. Obligaciones y responsabilidades del cliente
9.1 El cliente asegurará el cumplimiento de las condiciones para la ejecución de los trabajos conforme la normativa y leyes vigentes en el lugar de ejecución, así como el cumplimiento de las medidas de seguridad necesarias, normativa de higiene y seguridad en el trabajo y mantener estas condiciones durante el desarrollo de los trabajos, así como seguir las recomendaciones de las autoridades en materia de prevención de contagios por epidemia. El cumplimiento de las obligaciones del presente apartado 9 son condición esencial para el cumplimiento del contrato. GEZE podrá suspender la ejecución previa comunicación sin incurrir en mora ni penalización alguna en caso de no reunirse dichas condiciones.
En particular, el cliente o la empresa a la que ha contratado para el servicio deberán:
- poner a nuestra disposición el lugar de ejecución o entrega en unas condiciones adecuadas y listas para el cumplimiento del encargo, incluidas la facilidad de desmontaje, montaje, descarga y transporte en condiciones normales, la retirada de residuos y el cumplimiento de la normativa medioambiental. Especialmente debe hallarse completamente terminado el suelo del lugar de ejecución y disponible una acometida eléctrica,
- proporcionar los planos y medidas exactas y avisar antes del pedido de la eventual existencia de circunstancias especiales en el lugar de entrega o ejecución de los trabajos.
- Garantizar que en el lugar de ejecución de los trabajos reúnen las condiciones para el desarrollo por parte de su personal y subcontratados sin riesgos de accidentes o afectaciones a su salud. El lugar de ejecución debe cumplir escrupulosamente lo establecido en la legislación en materia de prevención de riesgos laborales.
9.2 El lugar y acceso donde deben entregarse la mercancía o ejecutarse los trabajos es un elemento de vital importancia para el correcto desarrollo de los trabajos encargados en plazo y en condiciones adecuadas de seguridad. Por consiguiente, el cliente debe garantizar que las condiciones del espacio, tanto en el lugar de ejecución de los trabajos como en la ruta de acceso permitan el cumplimiento de entrega y/o trabajos. En caso de que simultáneamente a la realización de los trabajos encargados, el lugar de ejecución estuviera en fase de obras, cerrada, sin uso, el cliente debe facilitar el acceso para el transporte y trabajos de manera normal y aceptable de manera que se pueda trabajar.
9.3 En especial, el cliente deberá garantizar que las condiciones del lugar de carga y descarga. sean fáciles y no requieran esfuerzos o tiempos de espera adicionales. El cliente está obligado a informarse sobre la existencia y situación de cables subterráneos, tuberías de agua o de otro tipo y cavidades huecas que pudiesen perjudicar la instalación. Si el cliente descuidase estas obligaciones será responsable de todos los daños resultantes, tanto personales o materiales incluidos los instrumentos de trabajo. Los datos y las declaraciones aportados por un tercero contratista, encargado de obra, contratado o empleado por el cliente para el desempeño de las obligaciones de su incumbencia se consideran como declaraciones propias del cliente. Salvo acuerdo expreso, GEZE no está obligada a averiguar por su cuenta las condiciones de descarga o del lugar de ejecución de los trabajos. Si la deficiencia de la información proporcionada y la realidad implicara un aumento de las horas de trabajo, paralizaciones y/o modificación de los planos, GEZE se reserva el derecho a condicionar la prosecución de los trabajos al abono de los costes adicionales incurridos.
9.4 No le estará permitido al cliente, impartir al personal de GEZE instrucciones que modificaran el encargo contrato, discreparan de los acuerdos contractuales en naturaleza y alcance o aprovechar la presencia del personal de GEZE para realizar trabajos no contratados, aunque fueren de escasa entidad sin previa aprobación escrita. Asimismo, no le estará permitido al cliente aportar mano de obra propia para ejecutar el proyecto, salvo pacto por escrito con GEZE.
9.5 Las áreas de trabajo y de acceso por las que ha de circular el personal de GEZE, deben estar vacuas de otra maquinaria o material e iluminadas durante toda la jornada de trabajo. En el caso de que esta circunstancia no se cumpla o al cliente le resulte imposible cumplirla, GEZE aportará un sistema de iluminación suplementario, cuyos costes le serán cargados al cliente.
9.6 El cliente debe poner a disposición de GEZE los suministros adecuados (luz, agua, aire comprimido, depósito de residuos) para poder ejecutar el proyecto.
9.7 Cualquier trabajo adicional que deba realizarse como consecuencia de la actuación del cliente o a petición del cliente y sin mediar responsabilidad alguna de GEZE se facturará al cliente de forma separada.
9.8 La vigilancia del lugar donde se desarrollen los trabajos será exclusiva responsabilidad del cliente. El cliente se obliga a tener una vigilancia adecuada del lugar de realización de los trabajos y almacenamiento seguro de materiales de GEZE hasta la culminación de los trabajos.
9.9 En el caso de que no se hayan podido hacer visitas al lugar de entrega y/o ejecución de los trabajos antes de enviar la oferta, (es decir, visitas sobre el terreno), GEZE se reserva el derecho a desistir de la oferta o contrato si implican un aumento importante de las horas de trabajo salvo que se pacte la adaptación de los precios.
9.10 GEZE tiene un calendario de compromisos con diferentes clientes. Por ello, si concurriera alguna de las circunstancias descritas que obligaran a interrumpir un montaje, el tiempo de suspensión hasta que se reanuden los trabajos no se añadirá automáticamente al de la fecha de entrega o finalización de los trabajos por lo que requerirá de un nuevo acuerdo escrito en cuanto a la fecha de entrega.
9.11 Para la gestión documental eficiente GEZE Iberia pone a disposición de los clientes los siguientes portales: Metacontratas, Obralia y Docyfi. Si el cliente solicitara la gestión a través de su propio portal o cualquier otro portal no incluido en los anteriores, GEZE facturará al cliente el tiempo dedicado al alta en el referido portal así como, en su caso, el tiempo dedicado a su actualización y mantenimiento. El coste a repercutir al cliente será el correspondiente a precio de técnico de servicio asistencia técnica durante el tiempo que necesite, con un mínimo de una hora de servicio así como el coste de alta y mantenimiento facturado a GEZE Iberia por el portal en caso que lo hubiera.
10. Facturación
10.1 La factura se emite a la fecha de entrega según el albarán, certificación, puesta a disposición, acta de recepción o en el modo previsto en los apartados 5.1 y 5.2.
10.2 En caso de que se haya previsto una fecha de entrega, y la obra donde debe ir destinada la entrega sufra retraso por razones ajenas a GEZE, ésta podrá facturar y exigir el pago con efectos a la fecha prevista de instalación.
10.3 Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que cliente no acepte la factura, GEZE podrá exigir al cliente una penalización equivalente al 5% de la venta por cada mes de retraso en la entrega además de repercutir los gastos adicionales del instalador y servicio de asistencia técnica.
11. Devoluciones
11.1 Las devoluciones deberán ser admitidas por escrito por parte de GEZE. No existe ninguna obligación de admitir devoluciones salvo que exista consentimiento escrito de GEZE.
11.2 En ningún caso se admitirá devolución de material de antigüedad igual o superior a dos meses. Si excepcionalmente se aceptara un plazo superior deberá constar expresamente en la aceptación del pedido.
11.3 En caso de devoluciones por motivos no imputables a GEZE se efectuará un cargo de portes y manipulación del 25% del precio de venta del producto devuelto. La recogida será a cargo del cliente.
11.4 Una vez devuelta la mercancía, no se precederá a la emisión de la nota de abono hasta que previamente se haya verificado el buen estado de la mercancía. Si existieren defectos, GEZE, en función de su gravedad, podrá no tener por admitida la devolución o disminuir el importe abonado en función del estado en que se ha hallare la mercancía. En caso de haberse emitido el abono antes de la comprobación, se podrá retroceder el mismo.
12. Anulaciones de pedidos o encargos por parte del cliente
12.1 Una vez aceptado el pedido se inicia inmediatamente el proceso de fabricación, coordinación y gestión de la obra o servicio encargados; planning de trabajos, contratación de subcontratistas, coordinación del personal, alquiler de maquinaria, etc. Por ello no se admitirán anulaciones de productos y/o servicios antes de la entrega salvo en los casos y bajo las condiciones que se establecen en el presente apartado.
12.2 Pedidos de productos de stock (no especiales ni a medida) anulados dentro las 48 horas siguientes: El cliente podrá desistir unilateralmente de los pedidos en el plazo de las 48 horas siguientes después de haberse cursado mediante comunicación escrita a GEZE. Si el plazo recayera en festivo en el domicilio del cliente, se prorrogará a las 19 horas del día hábil siguiente. En tal supuesto se reembolsaran únicamente los gastos de compra de material y/o servicios prestados por terceros en que se hubiere incurrido, así como el coste de fabricación por parte de GEZE en el supuesto que ya se hubiera iniciado.
12.3 Pedidos de productos de stock (no especiales ni a medida) anulados después de las 48 horas posteriores a haberse cursado: Siempre que no se haya enviado el producto o iniciado el servicio, el cliente podrá cancelar unilateralmente el pedido si bien GEZE aplicará un cargo por gastos de tramitación y administración del 15% del valor total del pedido. Igualmente, se reembolsarán únicamente los gastos de compra de material y/o servicios prestados por terceros en que se hubiere incurrido, así como el coste de fabricación por parte de GEZE en el supuesto que ya se hubiera iniciado.
12.4 Pedidos por servicios y productos especiales o encargados a medida: en estos supuestos en ningún caso se podrá anular el pedido una vez cursado. Si, aun así, fuere anulado el cliente deberá abonar íntegramente su importe, así como los gastos incurridos por terceros. Excepcionalmente, de común acuerdo con GEZE, podrá limitarse la compensación al pago del coste de los materiales y de la producción, más un 15 % sobre el importe del pedido por gastos administrativos
12.5 En los supuestos de pago por anticipado del importe del pedido, GEZE cargará siempre como gastos administrativos, bancarios y de reembolso de las sumas entregadas, incluidos los supuestos del apartado 11.2, un 1% del total del pedido con cargo un mínimo fijo de 40 euros.
13. Reglas especiales respecto a los contratos de mantenimiento, averías y reparaciones
13.1 Los precios de los contratos de mantenimiento son actualizados anualmente. En el caso de disconformidad el cliente está facultado para desistir del contrato de mantenimiento en el plazo de los treinta días siguientes a la comunicación o a la publicación de las nuevas tarifas en la página Web. En caso de que antes del desistimiento se hubiera realizado algún servicio el cliente podrá optar entre abonar el importe del servicio encargado o abonar la tarifa periódica establecida.
13.2 Los trabajos se realizarán en horario laboral de 8 a 18:00, de lunes a viernes, excepto festivos. La ejecución se podrá llevar a cabo sin previo aviso, aunque se intentará coordinar. La fecha de ejecución de los trabajos es siempre orientativa y puede haber un decalaje de hasta seis semanas.
13.3 Los precios están basados en la prestación del servicio por parte de un técnico. En aquellos casos en que por la ubicación, dimensiones o tiempo de ejecución se precise más de uno se factura el coste de los técnicos adicionales. En aquellos supuestos en que GEZE deba alimentar un portal de gestión documental del cliente se facturará en tiempo dedicado según lo previsto en el punto 9.11.
13.4 En aquellos supuestos que el material se halle fuera de garantía, las ulteriores reparaciones en mecanismos o puertas tienen una garantía de tres meses.
14. Documentos
14.1 Las copias, dibujos y otros documentos que GEZE haya entregado a sus clientes continuarán siendo propiedad de GEZE. Todos los derechos de propiedad intelectual persistirán de forma permanente en relación con este aspecto.
14.2 La marca y signos distintivos GEZE son propiedad del grupo GEZE: No se permite su utilización sin su consentimiento. Toda utilización en catálogos, fotografías, ferias, presentaciones y documentos del cliente precisan de autorización expresa. GEZE podrá requerir a la retirada en aquellos supuestos en no exista tal consentimiento.
14.3 Con el objetivo de promoción comercial, actividades de formación y proporcionar referencias GEZE queda facultada para tomar imágenes o grabaciones de vídeo in situ tanto en el exterior como en el interior de las obras, de las diferentes situaciones o fases de montaje de los productos GEZE y publicarla en sus páginas Web, catálogos, material comercial o de formación
15. Lugar de cumplimiento, derecho aplicable y jurisdicción
15.1. El lugar de cumplimento para nuestras entregas y prestaciones es el correspondiente lugar de salida de las mercancías. El lugar de cumplimiento es la sede central de GEZE Iberia.
15.2. El derecho aplicable es el español. En caso de que el cliente tenga su sede en el extranjero y de que la entrega tenga lugar en el extranjero, se habrá de aplicar en primer lugar la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG) del 11 de abril de 1980 y subsidiariamente el derecho español, siempre que la CISG no contenga las normas correspondientes.
15.3 Para cualquier disputa entre las partes derivada de la interpretación y o cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a los siguiente fueros y jurisdicciones
- Para los contratos celebrados con clientes de España y el resto de los países de la Unión Europea en los que esté en vigor el Reglamento UE 1215/2012, las partes se someten al fuero y jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Sant Boi de Llobregat.
- Para las controversias referentes a los contratos o que guarden relación con éste con clientes del resto del países del mundo, las partes se someten al procedimiento de arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional con sede en París de conformidad con su reglamento y obligándose a cumplir el laudo que en su día dicten los árbitros nombrados por la referida institución. El idioma del arbitraje será el español.
16. Otros
16.1 En caso de que una disposición de estas Condiciones Generales de Contratación para entregas y prestaciones fuera o deviniera inválida, esto no afectará a la validez de las restantes disposiciones.
16.2 Las presentes condiciones generales prevalecen sobre las eventuales condiciones generales de compra o contratación de clientes salvo que fueran tales condiciones aceptadas en documento expreso y específico y firmado por separado del contrato o condiciones generales del cliente por apoderado con facultad de obligarse. GEZE no se subroga en las garantías u obligaciones que el cliente pudiere tener con terceros independientemente de la responsabilidad legal que le corresponda. La aceptación de los términos de la presente cláusula es requisito esencial del suministro y encargo.
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